La nueva ley del alquiler ofrece mayores garantías a los propietarios

Hace un par de semanas, el Congresos de los Diputados aprobó la Ley de Fomento del Alquiler y de la Eficiencia Energética de los Edificios, una disposición que supone todo un avance en materia de arrendamientos. La ley de alquiler, que ha contado con el consenso de las distintas fuerzas políticas, ofrecerá mayores garantías a los propietarios a la hora de poner en alquiler un inmueble.

Uno de los aspectos más destacados de la nueva disposición es la reducción de dos meses a uno del plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador exige por requerimiento el pago de las deudas de alquiler atrasadas y que se puede presentar la demanda.

El hecho de acelerar los desahucios, que hasta ahora podían llegar a un año y medio, supone para los propietarios un alivio, puesto que en muchos casos se llegaba a situaciones realmente insostenibles. Así pues, a partir de ahora, la nueva ley de alquiler implica que una sentencia condenatoria por impago de alquiler es suficiente para ejecutar el desahucio en menos de 15 días, lo que ya es conocido como “desahucio exprés”.

La ley de alquiler contempla también, entre otros aspectos, facilidades para concluir un contrato en el caso de que el propietario precise la vivienda para sus padres, hijos o cónyuge, en lugar de él mismo como ocurría hasta ahora. Sin duda, algo que, en momentos de dificultades como este, pueden ser un balón de oxígeno para algunas familias.

Posiblemente su aplicación hará que más de un propietario temeroso o con malas experiencias en alquiler se decida a poner en el mercado un inmueble.

Sea pues bienvenida la nueva ley de alquiler.

Fuente: Encontradores

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